La mayor complejidad y sofisticación de los mercados financieros ha dado lugar a la aprobación de una nueva normativa a nivel europeo cuyo principal objetivo es mejorar la protección de los inversores minoristas, es decir, de los que como usted no invierten de forma profesional.
Esta nueva normativa, conocida como MiFID (Markets in Financial Instruments Directive) sólo se aplica a algunos productos, como las acciones, los valores de renta fija, los fondos de inversión y los derivados. No se aplica a los productos bancarios (por ejemplo los depósitos o los préstamos), ni a los seguros.
Para mejorar la protección del inversor, la nueva normativa refuerza tres principios básicos que deben cumplir las entidades financieras cuando le prestan servicios de inversión:
- Actuar de forma honesta, imparcial y profesional, en el mejor interés de sus clientes.
- Proporcionar información imparcial, clara y no engañosa a sus clientes.
- Prestar servicios y ofrecer productos teniendo en cuenta las circunstancias personales de los clientes.
Este proceso lo podemos representar de la siguiente manera:
En el siguiente diagrama se muestra el resumen de las diferentes situaciones que se pueden dar o mas bien, se deberían dar cuando acudes a una entidad financiera para contratar un servicio de inversión sobre productos MiFID.
Fuente: CNMV |
En el siguiente diagrama se muestra el resumen de las diferentes situaciones que se pueden dar o mas bien, se deberían dar cuando acudes a una entidad financiera para contratar un servicio de inversión sobre productos MiFID.
Esta muy bien que existan normativas a nivel europeo en favor de la protección de los inversores minoritarios, pero debemos de saber que la principal protección de nuestras inversiones comienza por nosotros ya que muchas veces estas practicas no son seguidas por las entidades financieras, que en la mayoría de ocasiones recomiendan productos en función de sus necesidades y no teniendo en cuenta las del cliente, por tanto, como conclusión, recuerda:
- Asegúrate de que contratas con entidades autorizadas. Comprueba que la entidad esta inscrita en la CNMV y autorizada para prestar el servicio que te ofrece.
- Solicita la información por escrito, tanto sobre las características, riesgos y costes de los productos o servicios que te ofrezcan, como sobre las recomendaciones de inversión que le hagan.
- Lee atentamente la información y si tienes dudas, resuélvelas. No firmes ningún documento sin aclarar todas tus dudas, ni cuando entiendas que alguna cláusula no responde a la realidad o te puede perjudicar.
- Tómate el tiempo necesario. La entidad te debe facilitar la información con la suficiente antelación para que puedas decidir con conocimiento, sin precipitación ni bajo presión.
- Conserva la documentación. Te permitirá un mejor control y seguimiento de tus inversiones y, en caso de que se te presente algún problema, reclamar.
- Cuanto mejor te conozca la entidad, mejor servicio te podrá prestar y mas personalizado. La entidad te solicitará información para asegurarse que te ofrece los productos y servicios que más te convienen.
Fuente: CNMV
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