Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV)
Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV)

Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV)

martes, 22 de enero de 2013

La gran característica que hace de estas sociedades unas de las preferidas por las grandes fortunas es que, a diferencia del resto de sociedades, tributan por sus beneficios un 1%, frente al 25% que pagan las pequeñas y medianas empresas o el 30% de las grandes. Si a esta ventaja fiscal le añadimos la exención por operaciones societarias en el ITPyAJD, resulta un gran negocio que prácticamente no genera ningún coste fiscal. La legislación aplicable a las SICAV se recoge en:

Esta legislación dice lo siguiente sobre ellas: "Las SICAV son sociedades anónimas que tienen por objeto exclusivo la adquisición, tenencia, disfrute y administración en general y enajenación de valores mobiliarios y otros activos financieros para compensar por una adecuada composición de sus activos, los riesgos y los tipos de rendimientos sin participación mayoritaria económica o política en otras sociedades."

El patrimonio total gestionado por las SICAV asciende a 23.778 millones de euros, según las últimas cifras de VDOS correspondientes al mes de septiembre, con 405.084 accionistas, en 3.045 sociedades. La rentabilidad ponderada por patrimonio medio asciende al 3,79% en el acumulado anual hasta septiembre.

Las SICAV han de estar inscritas en la CNMV y están sujetas a la legislación de las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC). Registro de las IIC en la CNMV

Los requisitos exigidos por la legislación para constituir una SICAV son los siguientes:

  • El numero de accionistas de estas sociedades debe ser igual o superior a 100. Lo normal y lo que se da habitualmente es constituir una de etas sociedades con un accionista que aporta el 99,99% del capital y otras 99 personas que aportan el resto, siendo estos, testaferros o amiguetes.
  • Pueden modificar libremente su capital social (dentro de los máximos y mínimos determinados estatutariamente  mediante la venta o adquisición de sus propias acciones sin necesidad de llegar a acuerdo con la junta general con lo que se obtiene una mayor liquidez bursátil de las acciones.
  • El capital mínimo requerido para constituir las SICAVs es de 2.400.000 € y, debe estar totalmente suscrito y desembolsado.
  • La constitución, aumento de capital, fusión y escisión de estas sociedades gozan de exención en la modalidad de operaciones societarias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • La tutela y control de las SICAVs corresponde a la CNMV y a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
  • La gestión de la SICAV la puede realizar la propia sociedad o puede encomendarse su gestión a una entidad gestora.
  • La SICAV puede realizar operaciones con acciones propias sin tener que cumplir con los requisitos impuestos por la Ley de Sociedades Anónimas.
La gran característica que hace de estas sociedades unas de las preferidas por las grandes fortunas es que, a diferencia del resto de sociedades, tributan por sus beneficios un 1%, frente al 25% que pagan las pequeñas y medianas empresas o el 30% de las grandes. Si a esta ventaja fiscal le añadimos la exención por operaciones societarias en el ITPyAJD, resulta un gran negocio que prácticamente no genera ningún coste fiscal.

Entre las SICAV que poseen más patrimonio está Morinvest, gestionada por BBVA, en la que participa la empresaria Alicia Koplowitz; Allocation, vinculada a la familia del Pino, propietarios de Ferrovial; Soandres de Activos, de Rosalía Mera, fundadora junto a Amancio Ortega de Inditex (Zara) o Kefren de la familia Entrecanales, máximos accionistas de Acciona.

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