La razón de la existencia de los Paraísos Fiscales
La razón de la existencia de los Paraísos Fiscales

La razón de la existencia de los Paraísos Fiscales

viernes, 26 de julio de 2013

Si algo existe, es porque a alguien le interesa. Semejante perogrullada no puede ser más cierta que en el caso que nos ocupa. A primera vista, debería parecernos lógico que nadie invirtiera su dinero fuera de su país de procedencia ya sea porque un inversor conoce de primera mano el escenario político y jurídico de su propio estado o porque es fácil y barato recabar la ayuda de expertos o asesores…

Pero, sin embargo, existen razones poderosas y variadas para utilizarlos, razones que en algunos casos avalan la mala prensa de estos territorios y que, grosso modo, pueden distinguirse en tres:

  1. Razones comerciales : En ocasiones, emprender un nuevo proyecto a actividad comercial puede ser más rentable y, sobre todo, seguro que en el propio país de residencia. 
  2. Ahorro de impuestos : Aun teniendo el criterio de tributación atendiendo a la residencia del sujeto pasivo o al centro de su actividad empresarial, la principal razón para su uso (aunque no la única) es saltarse este principio buscando las mejores condiciones impositivas para invertir ventajosamente cantidades y repatriarlas cuando se desee. 
  3. Privacidad para actividades y bienes : Puede parecer lógico aumentar las garantías de los propios fondos y de los ahorros conseguidos con esfuerzo durante muchos años o, por qué no decirlo, tener alguna salida fuera de casa por si las cosas van mal: pleitos, responsabilidad civil, o incluso amenaza de cárcel. En la última encuesta realizada por Reuters, confidencialmente, a los principales ejecutivos de empresas europeas, la razón dominante que motivaba a estos directivos a usar las legislaciones de baja tributación era, curiosamente... La posibilidad de un divorcio.
El 60% del comercio mundial comprende transacciones entre filiales del mismo grupo

Semejantes intenciones, aún pudiéndose considerar lícitas, pueden dar lugar a consecuencias al límite de la legalidad.

En España, el 88% de las empresas del Ibex 35 tenían, en 2011, filiales en territorios considerados paraísos fiscales. Y, dado que ninguna de ella lo menciona siquiera en sus balances, parece razonable pensar que su verdadera razón de ser no es otra que la búsqueda de beneficios para sus rendimientos y su capital…

¿Cómo lo hacen?

Las sedes centrales de las multinacionales multiplican sus filiales en estos territorios y condicionan o fuerzan su contabilidad para hacer aparecer artificialmente sus beneficios allá donde interese, no estando así sujetos a impuestos. Por lo tanto, la riqueza, en este caso, no quedaría registrada donde realmente ha sido creada. Lucrándose de este modo, las multinacionales operan una verdadera desconexión entre las actividades financieras y la economía real: se convierten ellas mismas en fuente de opacidad.

Por otro lado, los centros offshore están fuertemente especializados:

Andorra y Mónaco dominan la gestión de patrimonios de personas acaudaladas a través de cuentas numeradas y secreto bancario total.

Las Bermudas se especializó en las operaciones de las reaseguradoras, y sobre todo las de las aseguradoras llamadas cautivas, porque prestan servicio a un grupo de empresas como filiales de la casa matriz y gracias a la laxa legislación del paraíso requiere menos reservas y las primas de seguros no son objeto de imposición.

Las Bahamas, Liberia, Malta y antiguamente Panamá, se especializan en las banderas de conveniencia para registrar los buques petroleros, de carga de residuos tóxicos, sin controles sobre la seguridad del buque y sin normas laborales para las tripulaciones.

Las Islas Caimán están especializadas en cuentas de consejeros delegados y sociedades pantalla, etcétera, etcétera…

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