La diferencia impositiva por comunidades autónomas
La diferencia impositiva por comunidades autónomas

La diferencia impositiva por comunidades autónomas

domingo, 22 de septiembre de 2013

Es bien sabido por casi todos que en unas comunidades autónomas se pagan menos impuestos que en otras.

Esta situación tiene su origen en la reforma del sistema de financiación de las comunidades autónomas que tuvo lugar en 1997. No obstante las diferencias en materia fiscal de un territorio a otro se han ido agrandando a medida que se han ido concediendo mayores capacidades a las autonomías para subir o bajar impuestos o lo que se conoce como la cesión de competencias en materia tributaria (Tributos cedidos).

Por poner uno de los ejemplos más extremos, en el caso de Madrid y el País Vasco las herencias de padres a hijos tributan de forma simbólica, mientras que en Extremadura, Andalucía o Cataluña el impuesto a pagar puede llegar a un nivel que obligaría a vender los propios bienes de la herencia para poder afrontarlo.

La Comunidad Autónoma de Madrid, no sólo tiene prácticamente suprimido el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de padres a hijos (este impuesto está bonificado en un 99%), sino que también tiene la tarifa marginal más baja en el Impuesto sobre la Renta y es la única que no exige el Impuesto sobre el Patrimonio.

Se esta discriminando a los ciudadanos por razón de su residencia, lo cual incentiva el cambio de residencia fiscal y la deslocalización de empresas y patrimonios a los territorios de menor tributación.

Ahora bien, la competencia entre territorios por la tributación no es exclusiva de las comunidades autónomas. También existen municipios con menor tributación que otros. Y si nos vamos a comparar entre estados, incluso dentro de la Unión Europea, unos compiten con otros.

Por poner unos simples ejemplos, los tipos de IVA son distintos en Portugal y España y el Impuesto sobre Sociedades es muy inferior en Irlanda que en el resto de Europa, de ahí que muchas multinacionales se hayan instalado allí. Incluso España estableció una vez un régimen fiscal que atrajo a multinacionales extranjeras para que centralizaran en una sociedad española sus inversiones en empresas no españolas.

Sin embargo, no debe olvidarse el motivo por el cual se introdujo este sistema. Hasta su implantación, la principal fuente de ingresos de las comunidades autónomas procedía del reparto que se hacía por el Estado en función de diversos parámetros económicos y sociales. Dadas las mayores y crecientes necesidades de financiación que tenían las comunidades autónomas se decidió cederle una mayor parte de la recaudación de tributos del Estado generada en cada una de ellas y además se les concedió capacidad para modificar al alza o a la baja esa parte que se les cedía. De esta manera si una quería aumentar su capacidad de generar ingresos, podría subir estos impuestos y quien no lo necesitara podría mantenerlos o bajarlos.

Igualmente se pretendía evitar que se continuara con la costumbre de seguir pidiendo más recursos al Estado que éste debía recaudar en forma de mayores impuestos para que las comunidades pudieran prestar más servicios. Es decir tú, Estado, pides impuestos para que yo, Autonomía, los gaste. Está claro que no se ha conseguido pero ese es otro debate.

Lo cierto es que, según unas estadísticas recientemente publicadas, en Madrid tributan casi el 50% de las rentas más altas del país. Ello no es consecuencia sólo de tener impuestos más bajos, pues allí se encuentran las sedes de las principales empresas españolas y filiales de multinacionales pero debe haber influido bastante.

A nadie le gusta pagar impuestos, aunque lo más importante es que cada contribuyente debe valorar si la presión fiscal que soporta en su ciudad, en su región o en su país, sea alta o baja, es adecuada a los servicios que recibe. Pero ese es también otro debate.

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