Medidas transitorias para 2012 y 2013 en el Territorio Histórico de Bizkaia (IRPF)
Medidas transitorias para 2012 y 2013 en el Territorio Histórico de Bizkaia (IRPF)

Medidas transitorias para 2012 y 2013 en el Territorio Histórico de Bizkaia (IRPF)

sábado, 29 de septiembre de 2012

Medidas tributarias con el fin de "...reforzar los ingresos públicos y promover la recuperación económica y asegurar la estabilidad presupuestaria, sin perder de vista la contribución a avanzar en el principio de equidad permitiendo una mejor distribución de las cargas tributarias,reclamando mayores esfuerzos por parte de quienes tienen mayor capacidad económica." La Diputación Foral de Bizkaia aprobó en febrero de este mismo año una serie de medidas tributarias con el fin de "...reforzar los ingresos públicos y promover la recuperación económica y asegurar la estabilidad presupuestaria, sin perder de vista la contribución a avanzar en el principio de equidad permitiendo una mejor distribución de las cargas tributarias,reclamando mayores esfuerzos por parte de quienes tienen mayor capacidad económica."

La mayor parte de estas medidas son transitorias y aplicables únicamente para los periodos 2012-2013, aunque también se establecen otra serie de medidas permanentes.

A continuación paso a mostrar algunas de las medidas tributarias aprobadas para el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas que considero más importante en cuanto a repercusión que tienen sobre la mayor parte de los contribuyentes.


Limite de reducción por aportaciones a sistemas de previsión social:

Se reducen los límites anuales de aportación, tanto para los planes individuales como los de empresa, se pasa de 8000 € anuales a 6.000 €.
También se limitan los incrementos de aportaciones para mayores de 52 años, donde el límite de 6000 € se incrementará en 500 € adicionales por cada año pudiéndose aumentar hasta 12.500 €, en comparación con los 24.250 € maximos deducibles hasta la aprobación de esta medida.

Esta modificación se aprueba exclusivamente para los periodos impositivos 2012 y 2013


Deducción por edad:

Los contribuyentes mayores de 65 años con una base imponible superior a 30.000 € e inferior a 35.000 € aplicarán una deducción de 325 € menos el resultado de multiplicar por 0,065 la cuantía resultante de minorar la base imponible en 30.000 €.

Los contribuyentes mayores de 75 años con una base imponible superior a 30.000 € e inferior a 35.000 € aplicarán una deducción de 595 € menos el resultado de multiplicar por 0,119 la cuantía resultante de minorar la base imponible en 30.000 €.

Hijos: Por descendientes entre 6 y 16 años que conviva con el contribuyente, se practicará una deducción complementaria de 50 € anuales.

Estas modificaciones se aprueban exclusivamente para los periodos impositivos 2012 y 2013

Así mismo, cabe destacar que el 1 de enero de 2012, desapareció la deducción para incentivar la actividad económica 400 €, deducción que se aplicaba a todos los contribuyentes con una base imponible igual o inferior a 15.000 €.

Deducción por adquisición de vivienda habitual:

Se reducen los límites anuales máximos de deducción por adquisición de vivienda habitual, pasando de 2.160 € y 2.760 € a 1.800 € como deducción general y 2.300 € como deducción incrementada.
También se reduce la edad que da derecho al porcentaje de deducción incrementado, pasando de los 35 años como limite a 30 años. Esta reducción de la edad también se da en el caso de optar a la deducción incrementada por el alquiler de vivienda habitual.

Estas modificaciones se aprueban exclusivamente para los periodos impositivos 2012 y 2013


Cuenta vivienda:

La cuentas vivienda que finalicen entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, el plazo para proceder a materializar las cantidades depositadas en la adquisición de vivienda habitual será de 7 años contados a partir de la fecha de su apertura.


Tipo de gravamen aplicable a la base liquidable del ahorro:

La base liquidable del ahorro será gravada a los tipos que se indican en la siguiente escala:


Esta modificación se aprueba exclusivamente para los periodos impositivos 2012 y 2013

1 comentarios:

  1. cuenta vivienda que finaliza en diciembre 2013 se aplazara un año más como hasta ahora

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