La diferencia impositiva por comunidades autónomas

domingo, 22 de septiembre de 2013

Es bien sabido por casi todos que en unas comunidades autónomas se pagan menos impuestos que en otras.

Esta situación tiene su origen en la reforma del sistema de financiación de las comunidades autónomas que tuvo lugar en 1997. No obstante las diferencias en materia fiscal de un territorio a otro se han ido agrandando a medida que se han ido concediendo mayores capacidades a las autonomías para subir o bajar impuestos o lo que se conoce como la cesión de competencias en materia tributaria (Tributos cedidos).

Por poner uno de los ejemplos más extremos, en el caso de Madrid y el País Vasco las herencias de padres a hijos tributan de forma simbólica, mientras que en Extremadura, Andalucía o Cataluña el impuesto a pagar puede llegar a un nivel que obligaría a vender los propios bienes de la herencia para poder afrontarlo.

La Comunidad Autónoma de Madrid, no sólo tiene prácticamente suprimido el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de padres a hijos (este impuesto está bonificado en un 99%), sino que también tiene la tarifa marginal más baja en el Impuesto sobre la Renta y es la única que no exige el Impuesto sobre el Patrimonio.
Se esta discriminando a los ciudadanos por razón de su residencia, lo cual incentiva el cambio de residencia fiscal y la deslocalización de empresas y patrimonios a los territorios de menor tributación.

Ahora bien, la competencia entre territorios por la tributación no es exclusiva de las comunidades autónomas. También existen municipios con menor tributación que otros. Y si nos vamos a comparar entre estados, incluso dentro de la Unión Europea, unos compiten con otros.

Por poner unos simples ejemplos, los tipos de IVA son distintos en Portugal y España y el Impuesto sobre Sociedades es muy inferior en Irlanda que en el resto de Europa, de ahí que muchas multinacionales se hayan instalado allí. Incluso España estableció una vez un régimen fiscal que atrajo a multinacionales extranjeras para que centralizaran en una sociedad española sus inversiones en empresas no españolas.

Sin embargo, no debe olvidarse el motivo por el cual se introdujo este sistema. Hasta su implantación, la principal fuente de ingresos de las comunidades autónomas procedía del reparto que se hacía por el Estado en función de diversos parámetros económicos y sociales. Dadas las mayores y crecientes necesidades de financiación que tenían las comunidades autónomas se decidió cederle una mayor parte de la recaudación de tributos del Estado generada en cada una de ellas y además se les concedió capacidad para modificar al alza o a la baja esa parte que se les cedía. De esta manera si una quería aumentar su capacidad de generar ingresos, podría subir estos impuestos y quien no lo necesitara podría mantenerlos o bajarlos.

Igualmente se pretendía evitar que se continuara con la costumbre de seguir pidiendo más recursos al Estado que éste debía recaudar en forma de mayores impuestos para que las comunidades pudieran prestar más servicios. Es decir tú, Estado, pides impuestos para que yo, Autonomía, los gaste. Está claro que no se ha conseguido pero ese es otro debate.

Lo cierto es que, según unas estadísticas recientemente publicadas, en Madrid tributan casi el 50% de las rentas más altas del país. Ello no es consecuencia sólo de tener impuestos más bajos, pues allí se encuentran las sedes de las principales empresas españolas y filiales de multinacionales pero debe haber influido bastante.

A nadie le gusta pagar impuestos, aunque lo más importante es que cada contribuyente debe valorar si la presión fiscal que soporta en su ciudad, en su región o en su país, sea alta o baja, es adecuada a los servicios que recibe. Pero ese es también otro debate.

Servicios que ofrecen los Paraísos Fiscales

martes, 6 de agosto de 2013

Son varios los factores que permiten la existencia y funcionamiento de los paraísos fiscales, entre los cuales encontramos:

El secreto bancario. La teoría dice que el secreto bancario "garantiza la confianza de los ciudadanos en la protección de su privacidad" y salvaguarda nuestro derecho a ser los únicos conocedores de nuestra situación patrimonial; sin embargo, no debe ser muy fuerte este secreto, cuando el Estado no tiene ninguna dificultad para conocer nuestros salarios, ejecutar retenciones de IRPF, gestionar nuestras cotizaciones a la Seguridad Social o, llegado el caso, proceder al embargo parcial o total de una cuenta bancaria para cobrar una multa.

El secreto bancario tiene, más bien, la finalidad de que las rentas del capital y las remuneraciones no salariales, cuyos beneficiarios no se quieren declarar a Hacienda, encuentren un refugio seguro. Todos los paraísos fiscales, por principio, recurren al secreto bancario cuando se intentan investigar en ellos.

La otra gran pata del funcionamiento de los paraísos fiscales es la opacidad de los mecanismos. Lo normal es que las investigaciones policiales y judiciales suelan caer en la trampa de intentar seguir las huellas del camino por el que han transitado los capitales, peregrinando de un lugar a otro, hasta perderse en los laberínticos vericuetos hacia los que se han dirigido esos flujos financieros, como sucede en la maraña de procedimientos burocráticos que tienen que seguir cuando se intenta obtener por las autoridades competentes datos relativos a denuncias presentadas en sus respectivos territorios.

Y la realidad es que, contrariamente a la creencia establecida, el capital no circula físicamente o lo hace muy poco. El dinero apenas se mueve del banco donde entró, ni sale del propio país en la mayoría de los casos sino que es suficiente realizar facturaciones, refacturaciones y movimientos electrónicos a través de redes establecidas para ello entre las entidades financieras e intermediarios en esos países para hacer pasar por cierto algo que no lo es tanto… Literalmente vestir la mona financieramente hablando…

Ejemplo


Imaginemos una multinacional que se dedica al comercio cafetero y que, gracias a su presencia a través de filiales en todo el proceso comercializador, controla el conjunto de la operación desde que se toma el grano de la planta hasta que se vende al consumidor final. Posiblemente, solo posiblemente, la filial sudamericana de la compañía en cuestión compre el café por una miseria al pequeño productor, pero además podría consumar el siguiente fraude fiscal: sobrefacturar la compra de los sacos por esa filial para almacenar el café a 1.000 euros la tonelada, lo que infla los costes de explotación, y luego infrafacturar la venta de estos mismos sacos a 100 euros la tonelada a otra de sus filiales, reduciendo así su beneficio a la nada.

Resultado: la filial de producción en Sudamérica es deficitaria y fiscalmente no imponible. El café será posteriormente objeto de una serie de transacciones en el seno del grupo antes de la venta final, haciendo aparecer los beneficios reales en paraísos fiscales. En efecto, para cada servicio necesario para su actividad comercial, la compañía que nos ocupa ha establecido una filial especializada, registrada en el paraíso fiscal más ventajoso...

En Delaware, los royalties de la marca, en las Bermudas la factura para la distribución, en Luxemburgo el servicio financiero, etcétera. La mayoría de estas sociedades son ficticias y no tendrán más infraestructura que un simple buzón o apartado de correos en aquellos centros de negocios habilitados para ello y todo se lleva a cabo en la sede de la compañía matriz. Pero desgajando de este modo el valor de su contabilidad, el grupo puede localizar artificialmente sus beneficios en los paraísos fiscales.

Finalmente, la filial comercial del país europeo comprará el café prácticamente al precio final de venta al consumidor y, con sus escasos beneficios, tampoco será fiscalmente imponible en Gran Bretaña.

Servicios que ofrecen los Paraísos Fiscales


Naturalmente, casos como el que acabamos de ver son extremos y sólo están al alcance de grandes grupos empresariales, pero la mayoría de los servicios que ofrecen las legislaciones de baja tributación están disponibles para el común de los mortales… cosa distinta es que sean rentables en cada caso concreto.

Algunos de los productos y servicios más conocidos, de modo enunciativo y no limitativo, son cinco.

  1. Las cuentas numeradas, que básicamente se diferencian de las cuentas bancarias normales en que para su identificación, además del número de cuenta, no se utiliza el nombre de una persona física o una empresa, sino solamente una combinación de números o, con menor frecuencia, una palabra clave. Es decir, en vez de tener la cuenta número 12345 a nombre del "Sr. Luis Caboblanco" tendremos el número de cuenta 12345 a nombre de "666755458". Los números o palabras clave asignados a las cuentas numeradas se utilizan no sólo para las operaciones bancarias, sino en todo el resto de documentación y correspondencia con el banco, como por ejemplo en los extractos bancarios y no existe más justificación en papel que la estrictamente necesaria.
  2. Los depósitos fiduciarios. Vienen a ser los equivalentes a los contratos europeos de cesiones de crédito en los que los fondos depositados en el banco por un cliente se prestan a otro cliente, obteniendo el prestamista un interés superior al del mercado. El banco gana su comisión por la operación y el prestamista puede no computar ese préstamo ni provisionar en su contabilidad ese riesgo.
  3. Las operaciones triangulares. Son operaciones de importación y exportación pero alterando los precios de manera que se importan mercancías caras a través de una sociedad interpuesta y se exportan baratas a través de otra sociedad. Para ello se interpone una compañía residente en un paraíso fiscal que hace de nexo entre ambas, obteniendo la parte del león de los beneficios y tributando poco o nada por ellos.
  4. Las compañías fiduciarias o Trusts. Son la estructura más utilizada de protección de bienes; estrictamente, es el uso del poder otorgado a otra persona trustee para actuar en nombre del cliente o donante grantor. Se trata de una relación legal pero no estrictamente jurídica y ese trustee u hombre de paja suele ser un intermediario financiero muy preparado que no revelará nunca, bajo secreto profesional, el nombre del donante ni del beneficiario. Esta construcción jurídica es de origen anglosajón y proporciona una garantía de confidencialidad casi total, dado que la relación no se inscribe en ningún registro público. Por ello, se utiliza de forma masiva en las legislaciones de baja tributación y puede favorecer, dada su opacidad, la comisión de delitos como el alzamiento de bienes.
  5. Las tarjetas de crédito no identificadas. Son tarjetas de crédito emitidas por entidades bancarias con sucursales en paraísos fiscales que no tienen impresa información alguna sobre el beneficiario.

¿Existe voluntad de erradicar los Paraísos Fiscales?

miércoles, 31 de julio de 2013

A pregunta complicada, respuesta simple… NO, y no un "no" gratuito sino un "no" vinculado a hechos concretos.

Según la OCDE, el 14% del PIB mundial está depositado en paraísos fiscales. Esto equivale a entre cinco y ocho millones de billones de dólares por lo que los Estados pierden un buen caudal de ingresos necesarios para financiar los servicios públicos.

Tampoco parece que contribuyan a generar verdadera economía productiva, que en realidad es la única capaz de generar riqueza y trabajo. Si de verdad se quisiera erradicarlos, y sin entrar a formular un juicio de valor que no me corresponde, habría que ejercitar acciones que impliquen tanto a los ciudadanos y las empresas como a los poderes públicos.

Los ciudadanos, en primer lugar, deberían conocer sus existencia y saber, realmente, cómo funcionan y para qué sirven. Así podrían demandar un sistema tributario justo según los literales que figuran en nuestra constitución y, después, elegir una banca comercial que no invierta nuestro dinero de manera que no nos convenza, éticamente hablando. Además, con información de primera mano un ciudadano podría, por ejemplo, decidir si quiere invertir en acciones de alguna conocida empresa española..., sabiendo que utiliza los paraísos fiscales para no tributar en España.
La justicia es el conjunto de las normas que definen en qué tipo de civilización queremos vivir.
Antoine de Saint-Exupery (1900-1944)

Por otro lado, los poderes públicos deberían plantearse acciones verdaderamente encaminadas a eliminar el secreto bancario e impulsar la creación de instrumentos jurídicos internacionales apara exigir a estos territorios que revelen la identidad de los titulares de las cuentas bancarias, permitan su bloqueo y faciliten información sobre los titulares de las sociedades pantalla para así, aplicar una imposición fiscal a las corporaciones transnacionales sobre base unitaria y conseguir así la aplicación universal del principio de residencia para la fiscalidad empresarial. Ahora bien, en cuanto a la erradicación de los paraísos fiscales sobran los motivos para ser escépticos.

En las reuniones del G-20 se ha hablado de controlar la actividad de los paraísos fiscales pero este interés no tiene nada que ver con la ética sino con la necesidad de rescatar al sistema financiero: tras cinco años de crisis, los Estados han hecho el mayor esfuerzo económico de la historia apoyando a entidades financieras, aportando dinero para reflotar el tejido productivo y tratando de mantener así las prestaciones del estado del bienestar.

Ello ya está suponiendo un aumento de la presión fiscal… Y no hay que olvidar que el dinero que está o pasa por los paraísos fiscales no tributa. En línea con lo dicho anteriormente, de buscar recursos a cualquier precio, en 2008 se aprobó un Real Decreto que permite a los residentes en los paraísos fiscales adquirir deuda pública española, sin retención fiscal y, gracias a otro, es posible la no declaración de la identidad de los compradores de deuda pública española, así como su país de origen y el importe de las rentabilidades.

Por último, no deja de sorprender que el Banco Europeo de Inversiones, cuyos socios son los estados miembros de la UE, conceda créditos para proyectos en países en desarrollo a bancos y entidades que utilizan paraísos fiscales, como Isla Mauricio…

¿Hasta qué punto se puede, entonces, pedir a los ciudadanos que soporten el terrible aumento de costes de los servicios básicos o de la presión fiscal, si con esos mismos ingresos se financian proyectos de expansión de las empresas españolas o europeas que además de producir esos servicios básicos, escapan a la tributación…?
¿No estaremos tensando la cuerda demasiado…?

Peligros y Consecuencias de los Paraísos Fiscales

lunes, 29 de julio de 2013

La consecuencia más importante es la desconexión entre el flujo de capitales y donde, en verdad, se desarrolla la verdadera actividad del negocio, que es lo que acaba determinando qué legislación o sistema impositivo es aplicable.

Los paraísos fiscales, por naturaleza, cortan cualquier relación trazable entre dinero y producto y sus consecuencias jurídicas… Generando así un montón de dinero que, literalmente, es prácticamente imposible de rastrear y ocasionando un quebranto de miles y miles de millones a las haciendas de los países, llamémoslos normales.

Además, y en buena lógica, la crisis financiera mundial y el clima de desconfianza generado han motivado un aumento desmesurado de su uso: entre enero y septiembre de 2012 la inversión en dichos territorios ha sido el doble a la de todo 2011, mientras que la recaudación por impuesto de sociedades se ha desplomado a cifras del 2007, pese a que los beneficios empresariales sólo han descendido un 14%.

En nuestro vecino francés el agujero de la seguridad social ha batido todos los records, subiendo hasta los 37 mil millones de euros: precisamente el total del dinero que es desviado por empresas y ciudadanos franceses a los paraísos fiscales"
Jersey, con 120 km2 y un clima anglo-normando, es el primer exportador de frutas y hortalizas a Europa

No es un secreto que buena parte de los fondos que se depositan en el sistema financiero offshore, proceden de la llamada economía sumergida, no sujeta a impuestos.

Ese dinero, negro a todos los efectos, puede acabar financiando actividades ilegales como el crimen organizado, el terrorismo internacional o la corrupción política. Sistemáticamente, personalidades públicas como los dictadores Abacha de Nigeria, Mobutu del Zaire, Bongo de Gabón, el entorno del presidente angolés Dos Santos y el ex-presidente ruso Yeltsin, por citar algún caso concreto, han sido relacionados con los más conocidos paraísos fiscales… Y han sido incapaces de ofrecer una explicación a esas informaciones.

Otra de las consecuencias del uso de estas legislaciones es el sostenimiento de la pobreza en el tercer mundo; por ejemplo, viviendo sobre la cuarta reserva de petróleo de África, los cuatro millones de habitantes de Congo-Brazzaville deberían ser riquísimos, pero sin embargo, el 72% vive en la miseria y la esperanza de vida no alcanza los 51 años. ¿Por qué? Sencillamente porque el dinero del petróleo se evapora hacia paraísos fiscales, muy a menudo para el disfrute de la familia que ocupa el poder…

Sin ir más lejos, auditores internacionales advirtieron que entre 2003 y 2005, faltaban 1.000 millones de dólares del presupuesto estatal que, partieron en dirección a diversas sociedades pantallas de las Islas Bermudas y las Islas Vírgenes británicas mientras miles y miles de niños congoleños morían de enfermedades fácilmente tratables a través de vacunas que apenas costaban 50 céntimos.

Además, su relación con la crisis financiera mundial… Ésa que en nuestro país ha creado más de seis millones de parados, tampoco deja de estar claro como el dinero depositado en los paraísos fiscales no tributa, ese dinero fue frecuentemente utilizado para inyectar liquidez en los mercados financieros y, por ejemplo, para conceder préstamos hipotecarios difícilmente amortizables por los solicitantes con lo que una de las razones para explicar la burbuja financiera es que en los paraísos financieros había tal cantidad de dinero, que algo había que hacer con ello.

No dejan de ser dos caras de la misma moneda, las clases medias y trabajadoras de los países industrializados defienden que los paraísos fiscales sólo están al servicio de las multinacionales y son un refugio ideal para los maleantes de toda especie; las redes del crimen organizado encuentran aquí los medios para blanquear el dinero de la droga, de las armas y de la trata de seres humanos; los corruptos almacenan sus comisiones y sobornos y las grandes compañías saquean los países en desarrollo contribuyendo a que sus poblaciones vulnerables sigan viviendo el tormento de la corrupción…

En el otro extremo, sus usuarios defienden que sin los países fiscales países como Bermudas o Panamá llegarían a disfrutar de estándares de pobreza parecidos a los africanos, que determinados negocios de alto riesgo sólo serían asumibles utilizando esas legislaciones o que, en el fondo, dan posibilidad de escapar a los particulares de sistemas impositivos que son tan o más corruptos que de lo que a ellos se les acusa...

La razón de la existencia de los Paraísos Fiscales

viernes, 26 de julio de 2013

Si algo existe, es porque a alguien le interesa. Semejante perogrullada no puede ser más cierta que en el caso que nos ocupa. A primera vista, debería parecernos lógico que nadie invirtiera su dinero fuera de su país de procedencia ya sea porque un inversor conoce de primera mano el escenario político y jurídico de su propio estado o porque es fácil y barato recabar la ayuda de expertos o asesores…

Pero, sin embargo, existen razones poderosas y variadas para utilizarlos, razones que en algunos casos avalan la mala prensa de estos territorios y que, grosso modo, pueden distinguirse en tres:
  1. Razones comerciales : En ocasiones, emprender un nuevo proyecto a actividad comercial puede ser más rentable y, sobre todo, seguro que en el propio país de residencia. 
  2. Ahorro de impuestos : Aun teniendo el criterio de tributación atendiendo a la residencia del sujeto pasivo o al centro de su actividad empresarial, la principal razón para su uso (aunque no la única) es saltarse este principio buscando las mejores condiciones impositivas para invertir ventajosamente cantidades y repatriarlas cuando se desee. 
  3. Privacidad para actividades y bienes : Puede parecer lógico aumentar las garantías de los propios fondos y de los ahorros conseguidos con esfuerzo durante muchos años o, por qué no decirlo, tener alguna salida fuera de casa por si las cosas van mal: pleitos, responsabilidad civil, o incluso amenaza de cárcel. En la última encuesta realizada por Reuters, confidencialmente, a los principales ejecutivos de empresas europeas, la razón dominante que motivaba a estos directivos a usar las legislaciones de baja tributación era, curiosamente... La posibilidad de un divorcio.
El 60% del comercio mundial comprende transacciones entre filiales del mismo grupo

Semejantes intenciones, aún pudiéndose considerar lícitas, pueden dar lugar a consecuencias al límite de la legalidad.

En España, el 88% de las empresas del Ibex 35 tenían, en 2011, filiales en territorios considerados paraísos fiscales. Y, dado que ninguna de ella lo menciona siquiera en sus balances, parece razonable pensar que su verdadera razón de ser no es otra que la búsqueda de beneficios para sus rendimientos y su capital…

¿Cómo lo hacen?

Las sedes centrales de las multinacionales multiplican sus filiales en estos territorios y condicionan o fuerzan su contabilidad para hacer aparecer artificialmente sus beneficios allá donde interese, no estando así sujetos a impuestos. Por lo tanto, la riqueza, en este caso, no quedaría registrada donde realmente ha sido creada. Lucrándose de este modo, las multinacionales operan una verdadera desconexión entre las actividades financieras y la economía real: se convierten ellas mismas en fuente de opacidad.

Por otro lado, los centros offshore están fuertemente especializados:

Andorra y Mónaco dominan la gestión de patrimonios de personas acaudaladas a través de cuentas numeradas y secreto bancario total.

Las Bermudas se especializó en las operaciones de las reaseguradoras, y sobre todo las de las aseguradoras llamadas cautivas, porque prestan servicio a un grupo de empresas como filiales de la casa matriz y gracias a la laxa legislación del paraíso requiere menos reservas y las primas de seguros no son objeto de imposición.

Las Bahamas, Liberia, Malta y antiguamente Panamá, se especializan en las banderas de conveniencia para registrar los buques petroleros, de carga de residuos tóxicos, sin controles sobre la seguridad del buque y sin normas laborales para las tripulaciones.

Las Islas Caimán están especializadas en cuentas de consejeros delegados y sociedades pantalla, etcétera, etcétera…

 
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